Es una excelente herramienta de financiamiento productivo y para el desarrollo de infraestructura
- Un patrimonio autónomo (fideicomiso)
- Recibe bienes o derechos existentes, generadores de flujos futuros determinables o derechos de cobro sobre ventas futuras esperadas
- Los activos o derechos le son transferidos por un Originador
- Emite valores, que se colocan y negocian en el Mercado de Valores
- Administración profesional independiente
Tipos de valores que pueden emitirse
Contenido crediticio:
- A los inversionistas se les debe restituir su capital invertido más un rendimiento pactado, de acuerdo con la tabla de amortización o condiciones previstas en la titularización
Participación:
- Los inversionistas reciben una alícuota en el patrimonio del fideicomiso de titularización, correspondiente al monto de su inversión, y participan de los resultados
Mixtos:
- Son títulos valores que combinan características de contenido crediticio y de participación, de acuerdo con lo previsto para cada proceso
Clases de titularizaciones
- Cartera
- Valores de contenido crediticio
- Cartera de la misma clase y características
- Inmuebles
- Valores de contenido crediticio, mixtos o de participación
- Bienes inmuebles generadores de flujo
- Proyectos inmobiliarios
- Valores mixtos y de participación
- Proyecto inmobiliario
- Titularización de flujos futuros
Titularizaciones
Es el proceso mediante el cual se emiten valores susceptibles de ser colocados y negociados libremente en el mercado bursátil, emitidos con cargo a un patrimonio autónomo, los valores que se emitan como consecuencia de procesos de titularización constituyen valores en los términos de la Ley de Mercado de Valores, no se podrán promocionar o realizar ofertas públicas de derechos fiduciarios sin haber cumplido previamente los requisitos establecidos por la Ley de Mercado de Valores, para los procesos de titularización.
CARACTERISTICAS
PARTES ESENCIALES:
Las partes esenciales que deben intervenir en un proceso de titularización son las siguientes:
Originador
Agente de manejo
a) Obtener las autorizaciones que se requieran para procesos de titularización
b) Recibir del originador y en representación del patrimonio de propósito exclusivo, los activos a ser titularizados;
c) Emitir valores respaldados con el patrimonio de propósito exclusivo;
d) Colocar los valores emitidos, mediante oferta pública;
e) Administrar los activos integrados en el patrimonio de propósito exclusivo, tendiendo a la obtención de los flujos futuros, sea de fondos, sea de derechos de contenido económico; y,
f) Distribuir entre los inversionistas los resultados obtenidos.
Patrimonio de propósito exclusivo
Inversionistas
Comité de Vigilancia
BIENES SUSCEPTIBLES DE TITULARIZAR:
El proceso de titularización conllevará la expectativa de generar flujos de efectivo determinables, a partir de:
- Bienes o derechos existentes generadores de flujos futuros determinables; y
- Derechos de cobro sobre ventas futuras esperadas.
ESTRUCTURACIÓN:
Podrán estructurarse procesos de titularización a partir de los siguientes bienes o activos:
- Valores representativos de deuda pública;
- Valores inscritos en el Catastro Público del Mercado de Valores;
- Cartera de crédito;
- Inmuebles;
- Bienes o derechos existentes que posea el originador, susceptibles de generar flujos futuros determinable con base en estadísticas o en proyecciones, según corresponda;
- Derechos de cobro sobre ventas futuras esperadas; y,
- Proyectos susceptibles de generar flujos futuros determinables con base en estadísticas o en proyecciones, según corresponda.
VALORES QUE PUEDEN EMITIRSE:
Pueden ser de tres tipos:
- Valores de contenido crediticio: los inversionistas adquieren el derecho a percibir la restitución del capital invertido más el rendimiento financiero correspondiente;
- Valores de participación: los inversionistas adquieren una alícuota en el patrimonio de propósito exclusivo, a prorrata de su inversión, con lo cual participa de los resultados, sea utilidades, sea pérdidas, que arroje dicho patrimonio respecto del proceso de titularización; y,
- Valores mixtos: los inversionistas adquieren valores que combinan las características de valores de contenido crediticio y valores de participación, según los términos y condiciones de cada proceso de titularización.